Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Noviembre de 2002 (Tesis num. VI.3o.24 C de Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-11-2002 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Noviembre 2002
Fecha01 Noviembre 2002
Número de registro185559

De la correcta interpretación de los artículos 144 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; 326, fracción II y 339, fracción IV, ambos del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, se desprende que la credencial permanente de elector es un documento público, al ser expedida por un funcionario público electoral, en ejercicio de sus funciones; además de que el hecho de que al recibirla el ciudadano, deba identificarse a satisfacción de un funcionario electoral, estampando en ella su firma y huella digital, le da el carácter de indubitable para el cotejo, a su firma.


TERCER TRIBUNAL...

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