Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Junio de 2003 (Tesis num. I.6o.C.277 C de Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-06-2003 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.6o.C.277 C
Fecha de publicación01 Junio 2003
Fecha01 Junio 2003
Número de registro184135
MateriaCivil

En tratándose de las diligencias realizadas con motivo de un exhorto, éstas se deberán practicar con apego a las normas adjetivas del derecho local de la entidad federativa donde radique el Juez exhortado, sin que esté obligado este último, ni facultado para someterse en sus actuaciones con motivo de un exhorto a las leyes del Estado del órgano jurisdiccional exhortante, toda vez que de lo contrario las diligencias resultarían ilegales. Lo anterior tiene su fundamento en el principio de soberanía estatal previsto en el artículo 121, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual...

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