Tesis Aislada, , 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Decimo Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro246864
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Civil

Es preciso distinguir entre la relación sucinta a que alude el artículo 324 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato y la síntesis de la demanda a que se refiere el Juez recurrido, pues si por suscinto se entiende lo que es breve y compendioso aquel requisito se cumple cuando en el edicto correspondiente se mencionan el tribunal ante el que se promueve, el nombre del actor, el nombre del demandado, motivo y tipo de juicio, número de expediente, término para comparecer y objeto de la comparecencia; por otra parte, tratándose de un divorcio necesario, debe mantenerse el mayor sigilo y privacidad posibles, pues la naturaleza del juicio afecta primordialmente relaciones familiares que en gran medida sólo a éstos incumben y, por tanto, debe...

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