Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro248153
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Constitucional,Constitucional, Administrativa

El artículo 22 del Reglamento para la Clasificación de Empresas y Determinación del Grado de Riesgo del Seguro de Riesgos de Trabajo no tiene existencia por sí mismo, sino en función de la reglamentación que hace del capítulo III, relativo precisamente al seguro de riesgos de trabajo, del título segundo, de la Ley del Seguro Social vigente en 1984, la cual en el primer párrafo de su artículo 79 disponía que "Para los efectos de la fijación de las cuotas del seguro de riesgos de trabajo, las empresas serán clasificadas y agrupadas de acuerdo con su actividad, en clases, cuyos grados de riesgo mínimo, medio y máximo y las primas que correspondan se expresarán en el reglamento correspondiente, conforme a las reglas que se determinan en el presente capítulo". Como de advierte, el reglamento reclamado, como norma subalterna que es, encuentra su apoyo y justificación en el artículo antes transcrito y en todo el capítulo del que éste forma parte, y es por ello que en ejercicio de la facultad reglamentaria que le confiere la fracción I, del artículo 89, de la Constitución General, el presidente de la República con estricto apego a la Constitución emitió el reglamento cuyo artículo 22 se tilda de inconstitucional, con la finalidad de proveer en la esfera administrativa a la exacta observancia del capítulo III, del título segundo, de la Ley del Seguro Social en vigor en 1984, relativo al seguro de riesgos de trabajo, lo que evidencia que el mencionado reglamento y en particular su artículo 22, están regulando cuestiones de manera...

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