Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Octavo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro250071
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Laboral

Cuando el acto reclamado consiste en la resolución que puso fin al incidente de nulidad planteado dentro de un juicio laboral, deberá impugnarse en amparo directo, al combatirse el laudo que al respecto se dicte, por ser una violación al procedimiento en los términos de los artículos 159 y 161 de la Ley de Amparo. No siendo óbice a lo anterior el argumento relativo a la procedencia del amparo biinstancial por tratarse, en los conceptos de violación, la personalidad del incidentista; y no lo es, porque todas las cuestiones inherentes a los incidentes de nulidad deben de plantearse al impugnar el laudo y no al resolverse el incidente, por no privar al interesado de defensa ni resolverse definitivamente sobre la litis laboral planteada, y aun cuando la Junta responsable, al dictar el laudo definitivo, ya no podrá ocuparse de la personalidad del incidentista y que por ello pudiera considerarse como un acto de imposible reparación y procedente el amparo indirecto, ello no sucede en un caso en que el agraviado puede obtener un fallo favorable definitivo en el juicio laboral, motivo por el cual debe estimarse como de posible reparación el...

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