Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro251654
MateriaDerecho Civil,Civil

El artículo 1167 del Código Civil establece los supuestos en los cuales no puede comenzar ni correr la prescripción, pero sin distinguir si se refiere a ello a la prescripción positiva o a la negativa. En tal virtud, ha de considerarse que la prohibición que contiene resulta aplicable en todos los casos de prescripción, ya sea adquisitiva o liberatoria (positiva o negativa). Para corroborar dicha conclusión, ha de atenderse a que en forma expresa no existe alguna otra disposición legal que regule la interrupción de la prescripción positiva o negativa en forma exclusiva, entre copropietarios o coposeedores, respecto del bien común, por lo que, considerando que en donde existe la misma razón debe existir la misma disposición, se impone concluir que, si bien con la misma norma legal se cuida que no corra la prescripción de un copropietario en contra del otro (en relación con el bien común), este interés subsiste y por ende se colma la finalidad del precepto, si se establece que tampoco corre dicha prescripción en lo que atañe a diversos derechos y obligaciones que tienen como origen el mismo bien común.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN...

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