Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Noveno Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro254131
MateriaDerecho Penal,Penal

El contenido que informa el artículo 335 del Código Penal vigente en el Estado de Zacatecas, es radicalmente distinto del que a su vez animó a los artículos 284 y 285 del abrogado Código Penal de 1936 del mismo Estado, pues mientras que en éstos últimos preceptos se aludía a los casos en que el responsable de homicidio o lesiones cometiera el delito al sorprender a su cónyuge en el acto carnal o próximo a su consumación, o privara de la vida o lesionara al corruptor de su hija que estuviera bajo su potestad, si lo hiciera en el momento de hallarlos en el acto carnal o en uno próximo a él con las demás circunstancias que se establecían en dichos preceptos, en cambio, en el artículo 335 del Código Penal vigente, se alude a un estado transitorio de grave conmoción emocional en el agente, que las circunstancias hicieron excusables, motivado por alguna agresión a sus sentimientos efectivos o al honor de sus padres, hijos, cónyuges o al suyo propio; en consecuencia, la estimación de la responsable de que ésta última norma es correlativa de las...

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