Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro254170
MateriaDerecho Procesal,Común

Si una sociedad obtuvo la suspensión en un juicio de amparo respecto de los actos que en él se reclamaron, no puede decirse que dicha sociedad carezca de interés jurídico para comparecer como tercera perjudicada (artículo 5o. de la Ley de Amparo) en un diverso juicio en el que la resolución dictada sobre suspensión puede tener el efecto legal de anular la suspensión obtenida por aquella sociedad en el amparo anterior. Sería absurdo pensar que no hay conflicto entre los derechos legalmente protegidos de dicha sociedad y los de las personas que intervienen en el segundo juicio, y que en éste se pueden afectar o dejar sin efecto aquellos derechos, sin dar a la sociedad oportunidad de intervenir en defensa de los mismos. Luego basta que se establezca ese conflicto posible entre la materia de suspensión en dos juicios de amparo, para que quien resulte afectado, en la forma señalada, tenga derecho a intervenir, como parte tercera...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR