Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro255023
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Fiscal,Administrativa

La prima vacacional establecida a favor de los trabajadores en el artículo 80 de la nueva Ley Federal del Trabajo, no puede ser gravada por el impuesto sobre la renta sino a partir del 1o. de enero de 1972, o sea cuando el legislador expresamente estatuyó dicho gravamen en el artículo 48 de la ley respectiva, impuesto que no puede ser aplicado en forma retroactiva por lo que toca a los años de 1970 y 1971.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 224/72. Compañía Mexicana de...

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