Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Mayo de 2010 (Tesis num. I.6o.P.126 P de Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-05-2010 (Tesis Aisladas))

Número de registro164537
Número de resoluciónI.6o.P.126 P
Fecha de publicación01 Mayo 2010
Fecha01 Mayo 2010
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Mayo de 2010; Pág. 2067
MateriaPenal

Las normas que regulan la reparación del daño en el Código Penal para el Distrito Federal, específicamente los artículos 42 a 52, no establecen la forma en que habrá de cumplirse su pago cuando existe concurrencia de culpas en la producción del resultado delictivo, por ello debe atenderse al principio de proporcionalidad de las penas contenido en los artículos 22, párrafo primero, parte final, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 5o., párrafo primero, del mencionado código, de los cuales se advierte que la condena al pago de la reparación del daño debe imponerse mancomunada y proporcionalmente, no sólo en relación con el número de los sujetos obligados, sino también con el grado de...

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