Tesis, Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 30 de Abril de 2021 (Tesis num. I.11o.T.74 L (10a.) de Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 30-04-2021 (Tesis Aisladas))

Número de registro2023028
Número de resoluciónI.11o.T.74 L (10a.)
Fecha de publicación30 Abril 2021
Fecha30 Abril 2021
MateriaDerecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Común
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación

Hechos: El quejoso promovió amparo directo contra un laudo dictado en cumplimiento a una sentencia de amparo anterior, la cual fue declarada cumplida, sin excesos ni defectos, por el presidente del Tribunal Colegiado de Circuito. Sin embargo, dicho laudo reclamado se encuentra afectado de validez, pues el tanto agregado al expediente laboral carece de una de las firmas de los integrantes de la Junta responsable.


Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el presidente del Tribunal Colegiado, como encargado de revisar el cumplimiento de las sentencias de amparo directo, debe verificar que los autos o resoluciones que emiten las autoridades responsables en acatamiento a los lineamientos amparadores se encuentren debidamente firmados, a efecto de declararlas cumplidas en términos del artículo 196 de la Ley de Amparo.


Justificación: La falta de alguna de las firmas del acto reclamado, en un caso donde éste, a su vez sirvió para tener por cumplida una sentencia de amparo anterior, constituye una irregularidad trascendente en perjuicio de la parte quejosa, en razón de que ello obligaría a conceder la protección constitucional que en su contra se solicitare, por ese único...

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