Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 24 de Marzo de 2017 (Tesis num. III.7o.A.1 K (10a.) de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 24-03-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.7o.A.1 K (10a.)
Fecha de publicación24 Marzo 2017
Fecha24 Marzo 2017
Número de registro2014031
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; III.7o.A.1 K (10a.)

El recurso de queja previsto en el artículo 97, fracción I, inciso e), de la Ley de Amparo, procede contra el proveído que declara ejecutoriada una sentencia de amparo, al no ser controvertible mediante el recurso de revisión, lo cual puede tener una clara repercusión en el derecho de defensa del recurrente, toda vez que incide en su posibilidad de defender la constitucionalidad o inconstitucionalidad del acto o norma reclamada, según sea el caso, lo cual no es reparable en la sentencia, debido a que ésta ya se pronunció; sin embargo, cuando simultáneamente se interponen tanto el recurso de revisión contra el aludido fallo definitivo, como la queja respecto del auto que la declaró ejecutoriada, no existe impedimento alguno para que se resuelva primero la revisión, en aras de salvaguardar el derecho de acceso efectivo a la tutela jurisdiccional y, por supuesto, en caso de que en ésta...

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