Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, 13 de Enero de 2017 (Tesis num. VII.2o.T.15 K (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, 13-01-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVII.2o.T.15 K (10a.)
Fecha de publicación13 Enero 2017
Fecha13 Enero 2017
Número de registro2013453
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; VII.2o.T.15 K (10a.)

Cuando en el amparo se hace del conocimiento con prueba idónea el fallecimiento del quejoso o del tercero interesado, el juzgador debe proceder conforme al artículo 16 de la Ley de Amparo, el cual prevé tres hipótesis, a saber: 1) Siempre que lo planteado en el juicio de amparo no afecte sus derechos estrictamente personales, el representante legal del fallecido continuará el juicio en tanto interviene el representante de la sucesión; 2) Si el fallecido no tiene representación legal en el juicio, éste se suspenderá inmediatamente que se tenga conocimiento de la defunción. Si la sucesión no interviene dentro del plazo de 60 días siguientes al en que se decrete la suspensión, el Juez ordenará lo conducente, según el caso de que se trate; y, 3) Cualquiera de las partes que tenga noticia del fallecimiento del quejoso o del tercero interesado deberá hacerlo del conocimiento del órgano jurisdiccional de amparo, acreditando tal circunstancia, o proporcionando los datos necesarios para ese efecto. Ahora bien, si se parte de la base de que las violaciones procesales dentro del juicio constitucional deben repararse siempre y cuando trasciendan al resultado del fallo, es irrelevante decretar la suspensión del procedimiento para dar oportunidad a que intervenga el representante de la sucesión del quejoso o del tercero interesado, si conforme al sentido de la resolución que habrá de emitirse en la instancia de revisión por el Tribunal Colegiado de Circuito no se afectarán los intereses de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR