Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 7 de Octubre de 2016 (Tesis num. VI.2o.C.65 C (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 07-10-2016 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | VI.2o.C.65 C (10a.) |
Fecha de publicación | 07 Octubre 2016 |
Fecha | 07 Octubre 2016 |
Número de registro | 2012769 |
Materia | Constitucional,Derecho Constitucional |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; VI.2o.C.65 C (10a.) |
En el Estado de Puebla no existe un órgano jurisdiccional en materia contenciosa administrativa que competencialmente conozca de las controversias y procedimientos de esa naturaleza, no obstante su previsión en la Constitución Política del Estado, a partir del Decreto de reforma de nueve de octubre de dos mil ocho y publicado en el Periódico Oficial del Estado el veinticuatro de ese mismo mes y año, en el cual, la fracción X, párrafo primero, del artículo 12, estableció: "Las leyes se ocuparán de: ...Instituir un Tribunal de lo Contencioso Administrativo Estatal, dotado de plena autonomía en el pronunciamiento de sus fallos y con facultades para resolver las controversias derivadas de actos administrativos que se susciten entre la administración pública estatal y los particulares."; sin embargo, esa obligación constitucional no ha sido cumplida por el órgano legislativo de esta entidad, ya que no ha emitido la ley relativa a la creación y organización de un tribunal contencioso administrativo local. Por tanto, cuando un derecho reconocido a nivel constitucional no ha sido reglamentado, ello no implica impedir al titular de ese derecho su pleno ejercicio ante una instancia jurisdiccional, de acuerdo con el artículo 22 del Código Civil para el Estado de Puebla, que señala: "El silencio, obscuridad o insuficiencia de las leyes, no autorizan a los Jueces o tribunales para dejar de resolver una controversia.". En ese contexto, la autoridad jurisdiccional local tiene competencia para conocer de un juicio planteado en la vía civil, aun cuando la acción intentada y las...
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