Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 29 de Abril de 2016 (Tesis num. XXVII.3o.34 C (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 29-04-2016 (Tesis Aisladas))

Número de registro2011555
Número de resoluciónXXVII.3o.34 C (10a.)
Fecha de publicación29 Abril 2016
Fecha29 Abril 2016
MateriaCivil,Derecho Civil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXVII.3o.34 C (10a.)

Es legal que el actuario judicial entienda la diligencia de emplazamiento a personas morales en el domicilio señalado por el actor con el apoderado legal, si éste se ostenta con ese carácter y acredita su personalidad con un poder general para pleitos y cobranzas, el cual le fue otorgado sin limitación alguna, en términos de los artículos 2810, párrafo primero y 2843 del Código Civil para el Estado de Q.R., y de sus correlativos de las demás entidades de la República Mexicana, ya que el emplazamiento realizado a un apoderado general para pleitos y cobranzas, debe considerarse que se practicó directamente con un representante legal de la persona moral, por haberle conferido ésta a través de la persona facultada al efecto, su representación ante toda clase de...

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