Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, 28 de Febrero de 2015 (Tesis num. IX.1o.8 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, 20-02-2015 (Tesis Aisladas))

Número de registro2008526
Número de resoluciónIX.1o.8 A (10a.)
Fecha de publicación28 Febrero 2015
Fecha28 Febrero 2015
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 15, Febrero de 2015; Tomo III; Pág. 2438. IX.1o.8 A (10a.).
MateriaAdministrativa

La Constitución Política de la citada entidad federativa, en su título decimoprimero, establece que la justicia administrativa se deposita en un Tribunal de lo Contencioso Administrativo, que conocerá y resolverá las controversias de carácter administrativo y fiscal que se susciten entre la administración pública estatal o municipal y sus organismos descentralizados, estatales y municipales e intermunicipales y los particulares, dotado de plena jurisdicción y autonomía para dictar sus fallos, con competencia en todo el territorio estatal. Es decir, la justicia administrativa depositada en el mencionado tribunal no fue creada para resolver los juicios que se generen con motivo de las resoluciones emitidas por autoridades pertenecientes al Poder Legislativo o Judicial. Por tanto, contra las resoluciones que emita la Auditoría Superior del Estado, es decir, el órgano del Poder Legislativo Local encargado de la revisión previa y...

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