Tesis Aislada, Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 30 de Noviembre de 2014 (Tesis num. I.9o.A.61 A (10a.) de Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21-11-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.9o.A.61 A (10a.)
Fecha de publicación30 Noviembre 2014
Fecha30 Noviembre 2014
Número de registro2008006
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 12, Noviembre de 2014; Tomo IV; Pág. 2903. I.9o.A.61 A (10a.).
MateriaComún

El artículo 170, fracción I, de la Ley de Amparo establece la procedencia del juicio de amparo directo contra sentencias definitivas o resoluciones dictadas, entre otros, por tribunales administrativos, que pongan fin al juicio; esto es, las que lo deciden en lo principal y respecto de las cuales las leyes comunes no concedan recurso ordinario que permita revocarlas o modificarlas, o cuando deban agotarse previamente los medios de impugnación que se establezcan en la ley de la materia. Consecuentemente, el sobreseimiento del juicio de nulidad decretado antes del cierre de la instrucción por el pleno de una Sala del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, reviste las características de una resolución que pone fin al juicio, toda vez que, en su contra, no procede el recurso de reclamación establecido en el artículo 59 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso...

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