Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 31 de Octubre de 2014 (Tesis num. XXVII.3o.53 K (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 03-10-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXVII.3o.53 K (10a.)
Fecha de publicación31 Octubre 2014
Fecha31 Octubre 2014
Número de registro2007608
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 11, Octubre de 2014; Tomo III; Pág. 2882. XXVII.3o.53 K (10a.).
MateriaComún

En la actualidad, la mayoría de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación -e incluso algunos otros del orden común- utilizan notas de referencia al emitir sus resoluciones. No obstante, hasta hace algunos años, su uso no era común en la redacción de los textos jurisdiccionales. Aun cuando la legislación no prohíbe su utilización y tampoco señala reglas expresas sobre ellas para los actos jurisdiccionales escritos, ello se debió a los lineamientos que durante largo tiempo el uso y la costumbre impusieron a la denominada escritura jurídica forense o redacción judicial. Sin justificación, la idea generalizada fue que las referencias bibliográficas eran para escritos de difusión académica como libros, revistas especializadas e investigaciones con cierto rigor científico, o por lo menos con determinado fundamento bibliográfico; pero no para las sentencias, las demandas y demás escritos del ámbito legal. Sin menoscabo de algunos Tribunales Colegiados de Circuito y Jueces de Distrito, los primeros pasos claramente identificables en el cambio de esos usos y costumbres los dio la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Como instrumentos convencionales de la redacción o escritura jurisdiccional, las notas al pie de página o al final del documento (o del capítulo), son referencias cuyo uso depende de la idea del autor; tienen como propósito apoyar los argumentos que dan forma al pronunciamiento jurisdiccional y pueden ser: a) aclaratorias, cuando los vocablos que se utilizan son extraños o de difícil comprensión para el público al que se dirige el texto, cuando el editor del texto expone una opinión o aclaración, o cuando se hace alguna precisión, corrección o se da información adicional sobre un tema; b) amplificativas, cuando desarrollan una idea que el autor incluye en el texto, pero se abstiene de hacerlo en él para evitar distraer al lector; y, c) de fuentes de información, cuando en ellas se detallan las que se emplearon o consultaron. El contenido de...

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