Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 30 de Septiembre de 2014 (Tesis num. VI.1o.A.31 K (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 19-09-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.1o.A.31 K (10a.)
Fecha de publicación30 Septiembre 2014
Fecha30 Septiembre 2014
Número de registro2007499
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 10, Septiembre de 2014; Tomo III; Pág. 2600. VI.1o.A.31 K (10a.).
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

Si durante la tramitación de un recurso de revisión interpuesto contra la resolución que conceda o niegue la suspensión definitiva, el Juez de Distrito dicta una nueva con motivo del incidente de modificación o revocación previsto en el artículo 154 de la Ley de Amparo, ésta sustituye a la emitida previamente, por lo que el referido recurso de revisión debe declararse sin materia, toda vez que la resolución en contra de la cual se interpuso ya no puede subsistir, pues al pronunciarse la interlocutoria de suspensión dentro del incidente de modificación o revocación, las razones por las que se concedió o negó la suspensión definitiva respecto de los actos reclamados, ya no son las que estimó el a quo en...

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