Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 31 de Mayo de 2014 (Tesis num. I.3o.C.42 K (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 09-05-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.3o.C.42 K (10a.)
Fecha de publicación31 Mayo 2014
Fecha31 Mayo 2014
Número de registro2006406
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 6, Mayo de 2014; Tomo III; Pág. 1992. I.3o.C.42 K (10a.).
MateriaConstitucional, Civil,Derecho Civil,Derecho Constitucional

El derecho a solicitar la ejecución de la sentencia es de carácter sustantivo porque se vincula estrechamente al derecho de efectivo acceso a la jurisdicción, lo cual a su vez, se encuentra relacionado con el "efecto útil" de la sentencia, es decir, que la decisión correspondiente solucione el problema planteado conforme a la legislación aplicable; que la sentencia del juzgador se encuentre debidamente motivada y, además, se ejecute, pues ése es el fin último de la impartición de justicia. Así, el ejercicio de tal derecho se encuentra sujeto a prescripción por ser un derecho sustantivo, no a preclusión. Lo anterior es así porque a diferencia de lo ocurrido durante el proceso de origen, en donde la falta de realización de ciertos actos provoca la preclusión del derecho para hacerlo valer; el dejar de ejercitar los actos necesarios para el cumplimiento del fallo, ocasiona la...

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