Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, 30 de Abril de 2012 (Tesis num. XVII.1o.P.A.3 P (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, 01-04-2012 (Tesis Aisladas))

Número de registro2000530
Número de resoluciónXVII.1o.P.A.3 P (10a.)
Fecha de publicación30 Abril 2012
Fecha30 Abril 2012
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VII, Abril de 2012; Tomo 2; Pág. 1711. XVII.1o.P.A.3 P (10a.).
MateriaPenal

Del contenido literal del artículo 92, fracción II, del Código Fiscal de la Federación, se desprende que para proceder penalmente por el delito de contrabando, es necesario que previamente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público declare que el fisco Federal ha sufrido o pudo sufrir perjuicio; por tanto, la declaratoria de referencia constituye un presupuesto procesal de la acción penal que debe cumplirse para el inicio o desarrollo válido de un procedimiento o para que pueda pronunciarse la resolución de fondo; además incita al Ministerio Público a investigar las conductas probablemente delictuosas y, en su caso, ejercer la acción penal correspondiente. Ahora bien, esa potestad no es irrestricta ni puede ejercerse de modo absoluto, sino que se encuentra condicionada a que el monto de la omisión exceda la...

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