Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 31 de Agosto de 2012 (Tesis num. VI.1o.P.10 P (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 01-08-2012 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | VI.1o.P.10 P (10a.) |
Fecha de publicación | 31 Agosto 2012 |
Fecha | 31 Agosto 2012 |
Número de registro | 2001547 |
Localizador | [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012; Tomo 2; Pág. 2025. VI.1o.P.10 P (10a.). |
Materia | Penal,Derecho Penal |
El artículo 284 Bis del Código de Defensa Social del Estado de Puebla prevé el delito de violencia familiar, teniendo como elementos los siguientes: a) una agresión física o moral de manera individual o reiterada; b) que dicha agresión se ejercite en contra de un miembro de la familia por otro integrante de la misma; c) que cause afectación a la integridad física o psicológica a una de las partes o de ambas, independientemente de que pueda producir afectación orgánica; d) que el sujeto activo tenga el carácter de cónyuge; concubino; pariente consanguíneo en línea recta sin limitación de grado; pariente colateral consanguíneo o por afinidad, hasta el cuarto grado; adoptado; adoptante; madrastra; padrastro; hijastra; hijastro; pupilo; pupila o tutor, y e) que se encuentre habitando la misma casa que la víctima; ahora bien, si con las pruebas obrantes en el proceso se acredita que el...
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