Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, 31 de Agosto de 2012 (Tesis num. XXVI.5o.(V Región) 1 A (10a.) de Quinto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Quinta Región, 01-08-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXVI.5o.(V Regi
Fecha de publicación31 Agosto 2012
Fecha31 Agosto 2012
Número de registro2001409
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012; Tomo 2; Pág. 1879. XXVI.5o.(V Región) 1 A (10a.).
MateriaConstitucional

La tabla de valores unitarios de construcción contenida en el decreto 13, que establece los valores unitarios del suelo y de las construcciones del Municipio de Culiacán, Sinaloa, prevé en su primera columna la descripción de los cinco tipos básicos de construcción adherida al suelo, objeto del impuesto predial, a saber: provisional, antigua, moderna, especial y alberca, los cuales se dividen a su vez en diecisiete categorías; en la segunda columna se precisa la clave para identificar cada una de éstas y, en la tercera, se señala el valor unitario por metro cuadrado de construcción que corresponde al inmueble respectivo; sin embargo, los parámetros que debe observar la autoridad para clasificar determinado bien en los cinco tipos básicos de construcción no están establecidos en ley, lo que genera incertidumbre e inseguridad jurídica al contribuyente, ya que no se fijaron los factores necesarios para definir a qué categoría corresponde la edificación de que se trate, provocando así que uno de los elementos de la contribución, como es la base gravable, pueda determinarse discrecionalmente por la autoridad administrativa, lo que...

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