Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 31 de Octubre de 2012 (Tesis num. III.2o.A.1 K (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 01-10-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.2o.A.1 K (10a.)
Fecha de publicación31 Octubre 2012
Fecha31 Octubre 2012
Número de registro2001910
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012; Tomo 4; Pág. 2527. III.2o.A.1 K (10a.).
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

De conformidad con el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, la obligación del Juez de Distrito de investigar el domicilio del tercero perjudicado cuando no consta en autos, previo a su emplazamiento por edictos, no es ilimitada, sino que queda a su prudente arbitrio atento a las particularidades de cada caso, ya que en dicho precepto se establece que deben dictarse las medidas "que estimen pertinentes". Por tanto, si de autos se advierte que el Juez Federal solicitó la información correspondiente a las autoridades conducentes, sin obtener resultados favorables, es inconcuso que con ello quedó satisfecha la aludida obligación de investigación, sin que pueda seguir paralizado el juicio de amparo al arbitrio del quejoso que considera que hay otras instituciones que pudieran tener más datos, porque con ello se contravendrían los artículos 157 de la Ley de Amparo y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos...

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