Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Octubre de 2012 (Tesis num. I.3o.C.1050 C (9a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-10-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.3o.C.1050 C (9a.)
Fecha de publicación01 Octubre 2012
Fecha01 Octubre 2012
Número de registro159919
Localizador10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012, Tomo 4; Pág. 2801
MateriaConstitucional,Laboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Constitucional

La Ley Federal del Trabajo, publicada el uno de abril de mil novecientos setenta en el Diario Oficial de la Federación, en su artículo 82, define al salario como la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por virtud del contrato de trabajo; no sólo se trata de una contraprestación por el servicio personal subordinado que se presta, sino que es un derecho que se genera por razón de la relación laboral, como se advierte del artículo 99 del mismo ordenamiento. Máxime que el artículo 90 del referido texto normativo dispone que el salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo y suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. De esa guisa, se colige que el salario tiene una cobertura constitucional y legal que impide su embargo, como lo prevé el artículo 123, apartado A, fracción VIII, de la Constitución Federal, al indicar que el salario mínimo queda exceptuado de embargo, compensación o descuento. Así, el artículo 112 de la Ley Federal del Trabajo establece la inembargabilidad de los salarios y con esa disposición expresa extiende un derecho social tutelado por el citado artículo 123. Entonces, prevalece la regla...

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