Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 28 de Febrero de 2013 (Tesis num. I.4o.A.12 K (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-02-2013 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.4o.A.12 K (10a.)
Fecha de publicación28 Febrero 2013
Fecha28 Febrero 2013
Número de registro2002743
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVII, Febrero de 2013; Tomo 2; Pág. 1345. I.4o.A.12 K (10a.).
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional

En el orden constitucional mexicano, el derecho al "mínimo vital" o "mínimo existencial", el cual ha sido concebido como un derecho fundamental que se apoya en los principios del Estado social de derecho, dignidad humana, solidaridad y protección de ciertos bienes constitucionales, cobra vigencia a partir de la interpretación sistemática de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente en sus artículos 1o., 3o., 4o., 13, 25, 27, 31, fracción IV, y 123; aunado al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador", suscritos por México y constitutivos del bloque de constitucionalidad, y conformados por la satisfacción y protección de diversas prerrogativas que, en su conjunto o unidad, forman la base o punto de partida desde la cual el individuo cuenta con las condiciones mínimas para desarrollar un plan de vida autónomo y de participación activa en la vida democrática del Estado (educación, vivienda, salud, salario digno, seguridad social, medio ambiente, etcétera.), por lo que se erige como un presupuesto del Estado democrático de derecho, pues si se carece de este mínimo básico, las coordenadas centrales del orden constitucional carecen de sentido. Al respecto, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas, en la Observación General No. 3 de 1990, ha establecido: "la obligación mínima generalmente es determinada al observar las necesidades del grupo más vulnerable que tiene derecho a la protección del derecho en cuestión.". Así, la intersección entre la potestad estatal y el entramado de derechos y libertades fundamentales, en su connotación de interdependientes e indivisibles, fija la determinación de un mínimo de subsistencia digna y autónoma constitucionalmente protegida, que es el universal para sujetos de la misma clase y con expectativas de progresividad en lo concerniente a prestaciones. En este orden de ideas, este parámetro constituye el derecho al mínimo vital, el cual coincide con las competencias, condiciones básicas y prestaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
31 sentencias
  • Sentencia N° 172-2022 de la Sala 8, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2022
    • México
    • 1 Enero 2022
    ...respaldo de lo dicho, el criterio sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en la tesis I.4o.A.12 K (10a.), de texto siguiente:-------------------------------------------------------------------- Registro digital: 2002743 Instancia: Tribunale......
  • Ejecutoria, Tribunales Colegiados de Circuito
    • México
    • 31 Octubre 2016
    ...vital para definir la violación directa a los derechos de segunda generación (económicos, sociales y culturales), se comparte la tesis I.4o.A.12 K (10a.),(1) del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, que a la letra "DERECHO AL MÍNIMO VITAL. CONCEPTO, ALCAN......
  • Ejecutoria, Plenos de Circuito
    • México
    • 9 Diciembre 2016
    ...vital para definir la violación directa a los derechos de segunda generación (económicos, sociales y culturales), se comparte la tesis I.4o.A.12 K (10a.) del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, visible a foja mil trescientos cuarenta y cinco del Libro XV......
  • Sentencia N° 659-2018 de la Sala 8, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2018
    • México
    • 31 Enero 2019
    ...Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.- Libro XVII, Febrero de 2013, Tomo 2.- Materia(s): Constitucional.- Tesis: I.4o.A.12 K (10a.).- Página: que informa: DERECHO AL MÍNIMO VITAL. CONCEPTO, ALCANCES E INTERPRETACIÓN POR EL JUZGADOR.- En el orden constitucional mexicano, e......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
1 artículos doctrinales

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR