Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, 30 de Abril de 2013 (Tesis num. XII.2o.(V Región) 1 L (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Quinta Región, 01-04-2013 (Tesis Aisladas))

Número de registro2003278
Número de resoluciónXII.2o.(V Regi
Fecha de publicación30 Abril 2013
Fecha30 Abril 2013
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIX, Abril de 2013; Tomo 3; Pág. 2153. XII.2o.(V Región) 1 L (10a.).
MateriaLaboral

Cuando en un juicio laboral el emplazamiento de la demandada se practique mediando el citatorio a que alude la fracción III del artículo 743 de la Ley Federal del Trabajo -la cual dispone que en caso de que no se encuentre presente el interesado o su representante, el actuario le dejará el citatorio correspondiente, para que le aguarde al día siguiente a una hora determinada-, dada la trascendencia del acto, resulta indispensable glosar copia de éste a los autos del sumario. Ello es así, pues aun cuando no se prevé expresamente la obligación de que el notificador agregue al expediente la referida constancia, esa necesidad deriva de la intelección de la parte final del aludido precepto, en donde se establece que el fedatario deje asentada razón de todos sus actos, en concatenación directa con el numeral 721 de la citada ley, que señala que todas las diligencias se harán constar en actas firmadas por quienes en ellas intervinieron, así como del deber de otorgar una real garantía de audiencia, ya que solamente de esa manera podría evidenciarse que el acto se efectuó con las formalidades debidas, habida cuenta que, de no estar agregado el citatorio, no sería factible confrontar los datos asentados en él, con los...

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