Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, 31 de Mayo de 2013 (Tesis num. IV.2o.A.21 K (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, 01-05-2013 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIV.2o.A.21 K (10a.)
Fecha de publicación31 Mayo 2013
Fecha31 Mayo 2013
Número de registro2003600
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 3; Pág. 1835. IV.2o.A.21 K (10a.).
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

Si el quejoso reclama de una institución de salud, la negativa a otorgarle las incapacidades médicas que necesita, no obstante que probó ser su derechohabiente y padecer una enfermedad, en atención a su naturaleza, dicho acto implica una conducta positiva, es decir, no es de mera abstención, sino una actuación que revela incumplimiento al deber de prestar debidamente el servicio en las condiciones que garanticen el respeto al derecho a la salud. Consecuentemente, si la responsable en su informe previo expresa genéricamente que no es cierto el acto reclamado, sin advertir su verdadera naturaleza, esto es, una actuación que no se consumó en un solo momento, sino que su sentido de afectación se prolonga y cuyo análisis exige que el J. del amparo conozca la manera en que se está otorgando el servicio de salud para determinar la existencia del acto reclamado, ese informe incompleto y ambiguo, equivale a su ausencia, que en...

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