Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 31 de Julio de 2013 (Tesis num. VI.1o.P.16 P (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 01-07-2013 (Tesis Aisladas))

Número de registro2004001
Número de resoluciónVI.1o.P.16 P (10a.)
Fecha de publicación31 Julio 2013
Fecha31 Julio 2013
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXII, Julio de 2013; Tomo 2; Pág. 1439. VI.1o.P.16 P (10a.).
MateriaPenal

El artículo 83 Bis, último párrafo, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, establece: "... Para la aplicación de la sanción por delitos de portación o acopio de armas, el Juez deberá tomar en cuenta la actividad a que se dedica el autor, sus antecedentes y las circunstancias en que fue detenido ..."; sin embargo, ello no implica que el juzgador al individualizar las penas sólo deba observar los requisitos contenidos en dicha disposición y se desentienda de los demás aspectos previstos en los artículos 51 y 52 del Código Penal Federal, pues, si bien el artículo 6o. del referido código dispone que cuando una misma materia aparezca regulada por diversas leyes, prevalecerá la especial sobre la general, también lo es que en dicho numeral se establece que en la aplicación de la aludida ley especial se deberán tomar en cuenta las disposiciones del libro primero del citado código punitivo y, en su caso, las conducentes al libro segundo, donde se localizan los referidos artículos 51 y 52 del Código Penal Federal, sobre la individualización de la pena. Por tanto, en concordancia con lo antes expuesto se concluye que tratándose de asuntos relativos a los delitos de portación o acopio de armas de fuego, si la autoridad...

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