Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, 30 de Junio de 2015 (Tesis num. II.2o.C.15 C (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, 12-06-2015 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.2o.C.15 C (10a.)
Fecha de publicación30 Junio 2015
Fecha30 Junio 2015
Número de registro2009375
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 19, Junio de 2015; Tomo III ; Pág. 1959. II.2o.C.15 C (10a.).
MateriaComún

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 2a./J. 164/2011, publicada en la página 1089 del Tomo XXXIV, septiembre de 2011, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, de rubro: "AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. NOTAS DISTINTIVAS.", estableció que la autoridad para efectos del amparo tiene las características siguientes: a) La existencia de un ente de hecho o de derecho que establece una relación de supra a subordinación con un particular; b) Que esa relación tenga su nacimiento en la ley, lo que dota al ente de una facultad administrativa, cuyo ejercicio es irrenunciable, al ser de naturaleza pública la fuente de esa potestad; c) Que con motivo de esa relación emita actos unilaterales a través de los cuales cree, modifique o extinga por sí o ante sí, situaciones jurídicas que afecten la esfera legal del particular; y, d) Que para emitir esos actos no requiera acudir a los órganos judiciales ni precise del consenso de la voluntad del afectado. Ahora bien, de acuerdo con los numerales 12, 13, 20, 25, 32 y 48 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, el buró de crédito está facultado para prestar sus servicios relativos a la calificación de créditos y riesgos, el de verificación o confirmación de identidad o datos generales, así como la integración de una base de datos integrada con la información sobre operaciones crediticias y otras de naturaleza análoga sobre los clientes y cuya información le es proporcionada por los usuarios (entidades financieras, empresas comerciales y Sofomes E.R.N.), todo ello conforme al contrato celebrado entre éstos y las sociedades. Luego...

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