Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, 31 de Agosto de 2015 (Tesis num. VI.1o.T.9 L (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, 14-08-2015 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.1o.T.9 L (10a.)
Fecha de publicación31 Agosto 2015
Fecha31 Agosto 2015
Número de registro2009764
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 21, Agosto de 2015; Tomo III ; Pág. 2405. VI.1o.T.9 L (10a.).
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

Cuando en un juicio de amparo indirecto se señalan como actos reclamados el ilegal emplazamiento o la falta de éste, así como el laudo pronunciado en el juicio laboral relativo, en términos de la tesis de jurisprudencia P./J. 70/2010, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., agosto de 2010, página 9, de rubro: "EMPLAZAMIENTO. SI EN AMPARO INDIRECTO SE IMPUGNA SU ILEGALIDAD O AUSENCIA EN UN JUICIO LABORAL, ASÍ COMO EL LAUDO RESPECTIVO, OSTENTÁNDOSE EL QUEJOSO COMO PERSONA EXTRAÑA POR EQUIPARACIÓN, Y EL JUEZ DE DISTRITO RESUELVE QUE AQUÉL FUE LEGAL, SE DEBE ATENDER A LA DEFINITIVIDAD DE LA RESOLUCIÓN RECLAMADA PARA DECIDIR LO CONDUCENTE (MODIFICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA P./J. 121/2005).", el Juez de Distrito debe proceder en los siguientes términos: 1. Si el laudo no se reclama como acto destacado, sino en vía de consecuencia, y en la sentencia recurrida se determina la legalidad del emplazamiento, no procede la separación de los actos, dado que la constitucionalidad del laudo se hace depender de la calificación del emplazamiento; y, 2. Por el contrario, cuando se señala el laudo como acto destacado por vicios propios, y en la sentencia recurrida se califica de legal el emplazamiento, procede la separación de los actos, lo que no atenta contra el principio de continencia de la causa, porque se está ante el análisis...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR