Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 31 de Marzo de 2015 (Tesis num. I.6o.T.125 L (10a.) de Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 20-03-2015 (Tesis Aisladas))

Número de registro2008743
Número de resoluciónI.6o.T.125 L (10a.)
Fecha de publicación31 Marzo 2015
Fecha31 Marzo 2015
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 16, Marzo de 2015; Tomo III ; Pág. 2505. I.6o.T.125 L (10a.).
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Del contenido de las cláusulas decimoctava, vigésima y vigesimoprimera del Convenio de Coordinación para la Descentralización de los Servicios de Salud para la Población Abierta del Distrito Federal, que celebran las Secretarías de Salud, de Hacienda y Crédito Público, de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y el Gobierno del Distrito Federal, con la participación de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado y del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el tres de julio de mil novecientos noventa y siete, se advierte que los Gobiernos Federal y del Distrito Federal convinieron en que se garantizarían los derechos adquiridos de los trabajadores transferidos con motivo de la descentralización de los servicios de salud, tales como inamovilidad, catálogo de puestos, escalafón, permutas y otros de índole muy diversa, consagrados en el apartado B del artículo 123 constitucional y su ley reglamentaria y en las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud y en sus formas futuras, comprendiendo las prestaciones genéricas y específicas, así como los mecanismos vigentes de actualización salarial y los acuerdos y convenios celebrados sobre el particular con el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud, conforme a la legislación federal; y el titular del organismo tomaría como propias las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, así como las reformas que se hagan a éstas. Por lo que, se estima que a partir del citado convenio de coordinación, Servicios de Salud Pública del Distrito Federal asumió las obligaciones previstas en éste, entre ellas, la de respetar los derechos adquiridos por los trabajadores, consagrados en el apartado B...

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