Resumen
REVISIÓN EN AMPARO. LOS DÍAS INHÁBILES POR PERIODO VACACIONAL DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE INTERRUMPEN EL TÉRMINO QUE ÉSTA TIENE PARA INTERPONERLA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).
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Extracto
Sentencia num. 21934 de Tribunales Colegiados de Circuito
QUEJA 49/2009. **********.
CONSIDERANDO:CUARTO.-Los agravios son inoperantes en parte y fundados en lo demás.El recurrente aduce que el acuerdo recurrido es violatorio de los artículos 14 y 16 constitucionales.Al efecto, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido criterio en el que ya analizó y resolvió ese tópico, en la jurisprudencia 35, que aparece publicada en la página 28 del Tomo VI, Materia Común, del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, que establece: "AGRAVIOS INOPERANTES. LO SON LOS QUE SOSTIENEN QUE LOS JUZGADORES DE AMPARO VIOLAN GARANTÍAS INDIVIDUALES, SOLAMENTE EN ESE ASPECTO.-Históricamente las garantías individuales se han reputado como aquellos elementos jurídicos que se traducen en medios de salvaguarda de las prerrogativas fundamentales que el ser humano debe tener ...Ver el contenido completo de este documento
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