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DEMANDA DE AMPARO. LA CALIDAD DE LA POSESION CON QUE SE OSTENTA EL QUEJOSO EN LA, DEBE PROBARSE.
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Tribunales Colegiados de Circuito nº 842 de Sentencias Ejecutorias, 1 de Octubre de 1992 (caso Sentencia ejecutoria de Tribunales Colegiados de Circuito, Recurso de revision 115/92, del 01 de Octubre de 1992)
DEMANDA DE AMPARO. LA CALIDAD DE LA POSESION CON QUE SE OSTENTA EL QUEJOSO EN LA, DEBE PROBARSE.
RECURSO DE REVISION 115/92. JOSE LUIS ASCENCIO HERNANDEZ.CONSIDERANDO:TERCERO.- Son infundados los motivos de queja transcritos.En efecto, en contra de lo que sostiene el recurrente, el a quo federal, estuvo en lo correcto al sobreseer en el juicio, por las razones y fundamentos que expuso, con los cuales se pone de manifiesto que no decidió irreflexivamente o al marg...Ver el contenido completo de este documento
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