Ejecutoria, Tribunales Colegiados de Circuito

Número de resoluciónVII.1o.A.T. J/28
Fecha de publicación01 Septiembre 2004
Fecha01 Septiembre 2004
Número de registro18319
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Tomo XX, Septiembre de 2004, 1646
MateriaDerecho Procesal

AMPARO DIRECTO 27/2004. W.B.C..


CONSIDERANDO:


CUARTO.-Son ineficaces los conceptos de violación.


En efecto, el primero de ellos, en el que el licenciado O.N.J., en legal representación de W. o W.B.C., aduce violación a los artículos 781 y 800 de la Ley Federal del Trabajo, en razón de que la Junta responsable, en la audiencia de ratificación del documento exhibido por la demandada con el número 5, inciso f), del escrito respectivo, visible en el sumario a fojas sesenta y siete a setenta y dos, consistente en el acta administrativa de constancia de hechos número 01-026/03, relativa a la notificación del quejoso del oficio número 246-2510-2.1-00533/03, por el que se le comunicó la rescisión de la relación individual de trabajo a partir del veintisiete de enero de dos mil tres, como resultado del acta de investigación administrativa sindical número 01-021/03, de manera indebida le desechó las repreguntas uno, dos, tres, cuatro, cinco y seis, que formuló en relación con ese oficio, es infundado, pues según se advierte de esa diligencia, tal desechamiento atendió a que no guarda "relación con el documento a ratificar de conformidad con lo dispuesto por el artículo 815, fracción V, de la Ley Federal del Trabajo" (foja 119), lo que fue correcto, habida cuenta que si bien es cierto que el aludido artículo 800, en su segundo párrafo, establece la posibilidad de la contraparte del oferente de un documento proveniente de tercero de interrogar a éste cuando comparezca a ratificarlo, también lo es que las preguntas relativas deben formularse "en relación con los hechos contenidos en el documento", y en la especie, los indicados cuestionamientos, que a la letra dicen: "1RP. Que diga el ratificante quién elaboró el oficio de fecha 20 de enero del año en curso, al que se hace referencia en el documento motivo de la presente diligencia. 2RP. Que diga el ratificante quién citó a las personas para comparecer en el acta administrativa que se contiene en el documento motivo de la presente diligencia. 3RP. Que diga el ratificante a qué hora se elaboró el oficio de fecha 20 de enero del año en curso, al que se hace referencia en el documento motivo de la presente diligencia. 4RP. Que diga el ratificante quién formuló la rescisión de la relación individual de trabajo que dice haber sido notificada mediante el oficio de fecha 20 de enero del año en curso, al que se hace referencia en el documento motivo de la presente diligencia. 5RP. Que diga el ratificante la hora en que se determinó la rescisión de la relación de trabajo del actor como resultado del acta de investigación administrativa sindical que se cita en el documento motivo de la presente diligencia. 6RP. Que diga el ratificante por qué procedió a notificar la rescisión del contrato a la que se hace referencia en el oficio de fecha 20 de enero del año en curso, que cita en el documento motivo de la presente diligencia." (fojas 118-119), versan sobre la elaboración del acta de que se trata, empero, no respecto a los hechos ahí consignados, esto es, que el día veinte de enero de dos mil tres, en el área de recursos humanos del organismo subsidiario de Petróleos Mexicanos, denominado Pemex Exploración y Producción, encontrándose presentes el licenciado J.A.A.O., en su carácter de agente de trabajo de esa área, los testigos H.D.G. y A.S.N., y el propio actor, el primero de ellos dio lectura al citado oficio 246-2510-2.1-00533/03, hecho lo cual, el último manifestó quedar enterado de su contenido y alcance, y por así convenir a sus intereses se negó a recibirlo y...

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