Ejecutoria, Tribunales Colegiados de Circuito

Número de resoluciónVII.A.T. J/7
Fecha de publicación01 Agosto 1996
Fecha01 Agosto 1996
Número de registro3773
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Tomo IV, Agosto de 1996, 571
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

QUEJA 107/95. COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD.


CONSIDERANDO:


UNICO.- Resulta innecesario transcribir el laudo combatido en cuanto a los agravios hechos valer en la especie, a virtud de lo que en seguida se advertirá.


En efecto, según aparece del contenido del laudo dictado por la Junta responsable el veinticinco de mayo de mil novecientos noventa y cinco, materia de la presente queja, el mismo fue pronunciado en cumplimiento de la ejecutoria dictada por este Tribunal Colegiado en el juicio de amparo directo número 95/95, promovido por H.T.H., en la que se devolvió a la aludida Junta su plena jurisdicción, puesto que sólo se consideró que en el primer laudo dicha Junta omitió considerar los hechos y criterios en que se apoyaron las acciones, así como las defensas opuestas por la demandada, pero quedó en libertad de pronunciarse en el sentido que en derecho correspondiera, por lo que en contra de aquella resolución no procedía el recurso de queja sino el juicio de amparo directo, siendo de advertirse que para concluir así se ha tenido en cuenta que en contra del laudo ahora recurrido en queja, se instauró por cierto ante este órgano colegiado por la propia empresa aquí disconforme, el juicio uniinstancial número 752/95, el cual fue sobreseído, así como que igual criterio al ahora planteado se sostuvo en las ejecutorias...

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