Tribunales Colegiados de Circuito nº 3112 de Sentencias Ejecutorias, 1 de Julio de 1995 (caso Sentencia ejecutoria de Tribunales Colegiados de Circuito, Amparo en revision 281/95, del 01 de Julio de 1995)

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INFORME PREVIO DEBE TENERSE COMO CIERTO SI NO EXISTEN PRUEBAS EN CONTRARIO.

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Tribunales Colegiados de Circuito nº 3112 de Sentencias Ejecutorias, 1 de Julio de 1995 (caso Sentencia ejecutoria de Tribunales Colegiados de Circuito, Amparo en revision 281/95, del 01 de Julio de 1995)

INFORME PREVIO DEBE TENERSE COMO CIERTO SI NO EXISTEN PRUEBAS EN CONTRARIO.

AMPARO EN REVISION 281/95. J. TRINIDAD VALENCIA GARCIA.

CONSIDERANDO:

CUARTO. Son infundados los agravios expresados por el recurrente.

En efecto, en ellos aduce el inconforme que el juez de Distrito a quo incorrectamente le negó la suspensión definitiva del acto reclamado, consistente en la orden de desposesión de la unidad de dotaci...

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