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DESPIDO, NEGATIVA DEL. EL OFRECIMIENTO DEL TRABAJO CON JORNADA LEGAL NO IMPLICA MALA FE AUNQUE EXISTA CONTROVERSIA SOBRE ESE PUNTO.
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Extracto
Tribunales Colegiados de Circuito nº 932 de Sentencias Ejecutorias, 1 de Diciembre de 1993 (caso Sentencia ejecutoria de Tribunales Colegiados de Circuito, Amparo directo 287/93, del 01 de Diciembre de 1993)
DESPIDO, NEGATIVA DEL. EL OFRECIMIENTO DEL TRABAJO CON JORNADA LEGAL NO IMPLICA MALA FE AUNQUE EXISTA CONTROVERSIA SOBRE ESE PUNTO.
AMPARO DIRECTO 287/93. MIGUEL ANGEL LOPEZ ZAMORA.CONSIDERANDO:CUARTO.-Son infundados los conceptos de violación que se expresan.El quejoso, en su demanda de garantías, aduce que la demandada le ofreció el trabajo con una diversa jornada a la que venía realizando, razón por la q...Ver el contenido completo de este documento
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