Ejecutoria, Tribunales Colegiados de Circuito

Número de resoluciónXI.2o. J/21
Fecha de publicación01 Abril 2002
Fecha01 Abril 2002
Número de registro17013
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Tomo XV, Abril de 2002, 1166
MateriaDerecho Civil,Derecho Penal

AMPARO DIRECTO 32/2002.


CONSIDERANDO:


QUINTO. Resultan parcialmente fundados los conceptos de violación antes transcritos.


No obstante que de los conceptos de violación se advierte que el defensor particular del ahora quejoso, no expresa motivos de disenso en relación con las consideraciones del Magistrado de la Sexta Sala Penal en lo tocante a confirmar la determinación del Juez Quinto de Primera Instancia en Materia Penal de esta ciudad, en lo relativo a que tuvo por demostrados los elementos del delito de lesiones por culpa al conducir vehículo de motor terrestre, en términos de lo dispuesto en los artículos 269, 56, párrafo segundo, 7o., fracción II, y párrafo segundo, y 271 del Código Penal del Estado, en agravio de F.A.G., y la plena responsabilidad penal del ahora solicitante de garantías en su comisión.


Sin embargo, este Tribunal Colegiado a fin de estar en condiciones de analizar la legalidad o ilegalidad de la sentencia reclamada en lo que hace a los elementos del delito, plena responsabilidad, individualización de la pena y reparación del daño, enseguida transcribe los medios de prueba que obran en autos y que se tomaron en consideración para arribar a la conclusión que en el caso a estudio se encuentran demostrados los elementos del delito de lesiones por culpa al conducir vehículo de motor terrestre, previsto y sancionado por los artículos antes precisados.


a) Parte informativo de fecha veinticinco de marzo del año dos mil, suscrito por A.J.E., del texto siguiente: "Me permito informar a usted lo relacionado a un accidente automovilístico (atropello con resultado de un lesionado), ocurrido hoy día de la fecha. Determinando la forma, causas y manifestaciones que dieron origen al mismo a las doce horas en F.J.M. frente a la entrada del estacionamiento de C.U. de esta ciudad. 1. Descripción del lugar. Calle que se encuentra construida por una superficie de asfalto en buen estado, pendiente descendente hacia el lado oriente, con balizamiento y parámetro en sus costados, cuenta con capacidad para seis carriles de circulación, tres para cada sentido, orientados de poniente a oriente y viceversa, divididos por un camellón central, hago de su conocimiento que a veinte metros del lugar de los hechos existe un puente peatonal, al momento del accidente la superficie de rodamiento se encontraba limpia y seca, y prevalecía luz natural. 2. Descripción de vehículo peatón. Automóvil marca V.W. modelo 1992, tipo G. color blanco con capacidad para cinco personas, placas de circulación PHE-5657, del servicio particular de esta entidad, propiedad del ..., con domicilio en Pino Chino No. 113 del Fracc. Los Pinos de esta ciudad, conducido por el ... de 18 años de edad, con el mismo domicilio, presentó licencia de automovilista No. 208254. Peatón. Del cual únicamente se sabe que es de sexo masculino de aproximadamente 80 años de edad, complexión delgada, tez blanca, pelo cano, vestía ropa, camisa blanca, pantalón negro, tenis blancos, sombrero blanco, quien fue auxiliado por una ambulancia de rescate, y resultó lesionado. 3. Hechos. Por los datos e informes, mismos que fueron obtenidos mediante la versión de testigos oculares que omitieron su nombre, así como se sabe que éste ocurrió cuando el vehículo en mención circulaba con velocidad mayor a la permitida sobre la calle de F.J.M. en dirección de poniente a oriente, por su extrema derecha y al llegar a la altura de la puerta del estacionamiento de C.U. impactó con su parte frontal al cuerpo blando del peatón, el cual cruzaba dicha rúa vehicular en dirección de sur a norte, quien debido al impacto recibido éste cayó al piso sufriendo lesiones, el conductor del vehículo al percatarse de lo ocurrido, éste se dio a la fuga sobre la calle de Cuautla en dirección de sur a norte, y al llegar al cruce en la calle de M.C. chocó con su ángulo anterior derecho contra el ángulo anterior izquierdo del vehículo segundo, el cual circulaba sobre M.C. en dirección de oriente a poniente, nuevamente el primero de los vehículos al percatarse de lo ocurrido, éste se dio a la fuga en la misma dirección de la misma calle tomando Solidaridad, en dirección de poniente a oriente y al llegar frente al No. 479, chocó con su ángulo anterior derecho, contra el ángulo anterior izquierdo del tercer vehículo, el cual se encontraba estacionado sobre Solidaridad frente al número antes citado, lugar donde quedó el primero de los vehículos. 4. Víctimas. De este accidente resultó lesionado el peatón antes mencionado quien fue auxiliado por una ambulancia de rescate No. Económico 2003 y trasladado al Hospital Civil de esta ciudad, lugar donde queda a su disposición. 5. Daños materiales. Los que presenta el vehículo primero, en su parte frontal lado derecho y ángulo del mismo lado, cofre, parrilla, salpicadera, faro, defensa, neumático delantero derecho, estimándose en la cantidad aproximada de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 M.N.). Los que presenta el segundo de los vehículos en su ángulo anterior izquierdo, defensa, parrilla, cofre, estimándose en la cantidad aproximada de $1,200.00 (mil doscientos pesos 00/100 M.N.). Los que presenta el tercer vehículo en su ángulo anterior izquierdo, defensa, salpicadera, estimándose en la cantidad aproximada de $800.00 (ochocientos pesos 00/100 M.N.). Estos daños fueron estimados y calculados a simple vista, por tanto, quedan sujetos a modificación mediante el presupuesto real que sea presentado ante usted por los involucrados en el accidente. 6. Observaciones. Cabe señalar que el vehículo primero dejó una huella de aplicación de frenos, antes del impacto con el peatón, a una distancia de 10 metros; el nombre del propietario del segundo de los vehículos C.S.O.H., de 23 años de edad, con domicilio en M.M.S. No. 3 de la colonia F. del Río, de esta ciudad; el propietario del tercero se llama C.S.A.S., con domicilio en Mintzita No. 285-A de la colonia F. del Río, de esta ciudad, manifestando el esposo de la antes mencionada que posteriormente pasarían ante usted a poner su querella correspondiente; el suscrito, para el traslado del automotor primero y segundo, fui auxiliado por la grúa camión particular, por lo anteriormente expuesto y de acuerdo al razonamiento aplicado al hecho de tránsito en cuestión manifiesto ante usted haber llegado a la siguiente: Conclusión. Del conductor del vehículo primero a su falta de precaución para manejar al hacerlo con velocidad mayor a la permitida en zona urbana atropellando y, en consecuencia, resultar una persona lesionada, dándose a la fuga del lugar, para chocar nuevamente contra dos vehículos, uno de éstos estacionado, violando por tal motivo los artículos 99, 109, 116, 118 de la Ley de Policía y Tránsito vigente en el Estado de Michoacán. Del peatón a su falta de precaución al no cruzar en la zona autorizada para llevar a cabo dicha maniobra, violando el artículo 83 de la Ley de Policía y Tránsito." (fojas 2).


b) Fe ministerial de lesiones y media filiación, de fecha veinticinco de marzo del año dos mil, del tenor literal: "... Doy fe y hago constar de tener a la vista una persona del sexo masculino, de aproximadamente ochenta años de edad, de complexión delgada, tez blanca, con pelo escaso y cano, ojos chicos, frente regular, nariz cóncava, de cejas escasas, boca regular y mentón cuadrado con pabellón auricular grande, mismo que presenta las siguientes lesiones: herida contusa cortante en el párpado superior izquierdo con líquido hemático y rodeado de hematoma de aproximadamente seis por tres centímetros, dermoescoriación en la parte superior de nariz, sangrado reciente en ambas fosas nasales, dermoescoriación de aproximadamente dos centímetros en clavícula del lado izquierdo, escoriaciones de diferentes dimensiones en cara externa del antebrazo izquierdo, así como dermoescoriación en la cara anterior de la mano izquierda rodeada de hematoma, asimismo, presenta dermoescoriación de aproximadamente cinco por tres centímetros en la tibia de la pierna derecha y equimosis en la rótula o rodilla derecha, señalando, además, que no presenta barba ni bigote y de una estatura aproximada de un metro con sesenta centímetros, persona a quien no se le pudo tomar su declaración en virtud de no encontrarse en circunstancias de modo, tiempo y lugar normales estando inconsciente ..." (fojas 10).


c) Certificado médico de lesiones practicado a F.A.G., suscrito por el doctor A.L.C., perito médico forense adscrito a la Dirección de Servicios Periciales de la Procuraduría General de Justicia del Estado, el día veinticinco de marzo del año dos mil, en el que concluyó: "Paciente que se encuentra en la sala de urgencias, inconsciente y a la exploración física presenta las siguientes lesiones: 1. Una herida cortocontusa de dos centímetros de longitud en dirección horizontal en el párpado superior izquierdo rodeado de hematoma de cuatro por tres centímetros de superficie; 2. Hematoma de cinco por tres centímetros de superficie en la región malar izquierda; 3...

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