Tribunales Colegiados de Circuito nº 18897 de Sentencias Ejecutorias, 1 de Julio de 2005 (caso Sentencia ejecutoria de Tribunales Colegiados de Circuito, Amparo directo 220/2005, del 01 de Julio de 2005)

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Resumen


AVISO DE RESCISIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. PARA QUE SURTA EFECTOS EL EFECTUADO POR CONDUCTO DE LA JUNTA, EL PATRÓN DEBE ACREDITAR QUE PREVIAMENTE LO DIO A CONOCER AL TRABAJADOR Y ÉSTE SE NEGÓ A RECIBIRLO.

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Tribunales Colegiados de Circuito nº 18897 de Sentencias Ejecutorias, 1 de Julio de 2005 (caso Sentencia ejecutoria de Tribunales Colegiados de Circuito, Amparo directo 220/2005, del 01 de Julio de 2005)

AVISO DE RESCISIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. PARA QUE SURTA EFECTOS EL EFECTUADO POR CONDUCTO DE LA JUNTA, EL PATRÓN DEBE ACREDITAR QUE PREVIAMENTE LO DIO A CONOCER AL TRABAJADOR Y ÉSTE SE NEGÓ A RECIBIRLO.

AMPARO DIRECTO 220/2005. EMBOTELLADORA SAN LUIS, S.A. DE C.V.

CONSIDERANDO:

SEXTO. Aduce el quejoso que le causa agravio que la Junta responsable considere que el patrón quejoso no dio cumplimiento a lo dispuesto en la parte final del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, puesto que la Junta responsable no otorgó valor probatorio al procedimiento paraprocesal llevado a cabo con el objeto de notificar a los trabajadores el aviso de rescisión.

Además, estima el quejoso que la responsable procedió en forma errónea al valorar el dicho de los testigos presentados por el patrón con el objeto de acreditar que los trabajadores se negaron a recibir el oficio de rescisión, pues para la Junta responsable no es creíble que se hayan constituido a la misma hora en dos diferentes domicilios como se hace constar en las actas administrativas, sin tomar en consideración -la Junta responsable- que los testigos refirieron que a un trabajador se le pretendió notificar a las 09:15 horas y al otro a las 09:30 o 10:00 horas, amén de que ese aspecto no implica contradicción en el dicho de los testigos como lo pretende la Junta, pues los testigos no están obligados a declarar en forma "correcta y matemática" los hechos en los cuales intervinieron, sino que es suficiente que hayan dado la hora aproximada en que sucedieron los mismos.

Añade el impetrante del amparo que la Junta responsable viola e...

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