Tesis, Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 28 de Febrero de 2015 (Tesis num. II.1o.P. J/1 (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 13-02-2015 (Reiteración))

Número de registro2008448
Número de resoluciónII.1o.P. J/1 (10a.)
Fecha28 Febrero 2015
Fecha de publicación28 Febrero 2015
Localizador [J] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 15, Febrero de 2015; Tomo III; Pág. 2367. II.1o.P. J/1 (10a.).
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaPenal,Derecho Penal

El artículo 69 del Código Penal del Estado de México, se encuentra en el capítulo VI denominado "Casos de reincidencia y habitualidad", y establece que estas dos figuras serán tomadas en cuenta para la individualización de la pena y para el otorgamiento o no de los beneficios o de los sustitutivos penales que la ley prevé; además, dispone que no se otorgarán beneficios, sustitutivos, ni la suspensión de la pena de prisión cuando se trate de los delitos de extorsión, robo con violencia, secuestro, homicidio doloso con modificativas que lo califiquen o agraven, violación y robo que cause la muerte. Asimismo, de la exposición de motivos de 11 de julio de 2013, publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado el 20 de agosto del mismo año, se advierte que la intención del legislador fue impedir que se aplicaran aquellas figuras, no sólo a los reincidentes y habituales, sino a todo aquel que cometa o trate de ejecutar (tentativa), entre otros, el delito de robo con violencia, con independencia de que se trate de aquellas calidades. Por ende, cuando se dicta una sentencia condenatoria en el procedimiento abreviado por este ilícito, únicamente debe reducirse la pena mínima prevista en un tercio, de acuerdo con el artículo 389 del Código de Procedimientos Penales de la entidad, sin que proceda la concesión de beneficios, sustitutivos, ni la suspensión de la pena de prisión, aun cuando el sentenciado no sea habitual o reincidente, toda vez que la norma sustantiva penal no permite su otorgamiento tratándose de ese delito.


PRIMER...

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