Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 23 de Febrero de 2008 (Tesis num. VI.2o.C.597 C de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 01-02-2008 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | VI.2o.C.597 C |
Fecha de publicación | 23 Febrero 2008 |
Fecha | 23 Febrero 2008 |
Número de registro | 170323 |
Materia | Derecho Civil,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Civil |
De las disposiciones normativas contenidas en el libro cuarto del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, vigente a partir del 1o. de enero de 2005, intitulado "Procedimientos sobre cuestiones familiares", al tenor del cual habrán de sustanciarse los procedimientos hereditarios, concretamente los artículos 763 a 803, aplicables al juicio sucesorio, se advierte que éste se integra de tres etapas perfectamente diferenciadas entre sí: la primera relativa a la denuncia de la sucesión, institución de herederos, designación de albacea tanto provisional como definitivo, y de inventarios y avalúos; la segunda, correspondiente a la administración del patrimonio que la integra; y, por último, la resolución definitiva que se pronuncia en lo relativo a la partición y adjudicación del haber hereditario; de manera que la determinación que se emite al calificar los derechos de los herederos, instituirlos como tales, nombrar albacea...
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...que la consecuencia del 13 Registro digital: 170323, instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Novena Época, materias(s): Civil, tesis: VI.2o.C.597 C, fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo XXVII, Febrero de 2008, página 2270, tipo: Juicio de Amparo Indirecto ****......