Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 1 de Agosto de 2011 (Tesis num. XVII.44 L de Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 01-08-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVII.44 L
Fecha de publicación01 Agosto 2011
Fecha01 Agosto 2011
Número de registro161159
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIV, Agosto de 2011; Pág. 1452
MateriaComún

El artículo 78 del Código Municipal para el Estado de Chihuahua dispone que en cada Municipio existirá un Tribunal de Arbitraje y será competente para conocer de los conflictos laborales que se susciten entre los Ayuntamientos y sus trabajadores, así como del personal de los cuerpos de policía, tránsito y bomberos, de acuerdo al régimen especial que los norma y sujetándose al procedimiento establecido en el código administrativo de dicha entidad. Ahora bien, si un trabajador del cuerpo de bomberos demandó al Municipio de J., a la Dirección de Asuntos Internos y a la Dirección de Recursos Humanos el pago de diversas prestaciones con motivo de su despido injustificado y el Tribunal de Arbitraje Municipal se declaró incompetente para conocer de dicho juicio, resulta inconcuso que esta determinación es ilegal, toda vez que el propio legislador local, conforme a lo establecido en el artículo 115, fracción VIII, de la Constitución Federal, otorgó al tribunal plena jurisdicción para resolver los conflictos derivados de la relación laboral entre el Ayuntamiento y el personal perteneciente al cuerpo de bomberos, no obstante que la relación entre el Municipio y éstos sea de naturaleza administrativa, ya que son...

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