Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 1 de Agosto de 2011 (Tesis num. III.2o.P.272 P de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 01-08-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.2o.P.272 P
Fecha de publicación01 Agosto 2011
Fecha01 Agosto 2011
Número de registro161308
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIV, Agosto de 2011; Pág. 1355
MateriaPenal

El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que la farmacodependencia es una enfermedad y que por tanto, constituye la causa de exclusión del delito prevista en la fracción IX del artículo 15 del Código Penal Federal, al no poder exigirse una conducta diversa al activo que posee para su consumo esas sustancias. Ahora bien, la posesión de narcóticos por parte de farmacodependientes, está sujeta a las dosis máximas establecidas en la tabla de orientación de consumo personal e inmediato prevista en el artículo 479 de la Ley General de Salud, siempre que se trate del tipo penal de narcomenudeo y de las sustancias ahí contenidas. De ahí que la posesión de narcóticos diversos a los señalados en la tabla relativa de la Ley General de Salud, por exclusión de la propia legislación, será sancionada conforme al Código Penal Federal. En consecuencia, y atento a que de la exposición de motivos que diera lugar a la reforma de tales normas el veinte de agosto de dos mil nueve, se advierte que la intención del legislador al crear la aludida tabla con tipos y cantidades de drogas, no fue la de excluir la posibilidad de eximir del delito a los sujetos que siendo también farmacodependientes se les sorprendiera en posesión de una sustancia diversa a las ahí previstas, ni que entonces indefectiblemente se les sometiera a proceso y se les castigara por el solo hecho de no consumir alguna de las sustancias señaladas en esa tabla, lo que evidentemente generaría que se diera un trato desigual a los iguales, es decir, a los sujetos enfermos al consumo de algún tipo de droga por no hacer uso de las contenidas en ésta, contraviniendo así los axiomas básicos de la justicia, sino la de regular y eficientar a través de la misma las medidas y el trato que debían darse al uso y a las conductas relacionadas con las drogas más comunes y de mayor consumo entre la población de nuestro país; es que ante la farmacodependencia del activo, a fin de concluir si se actualiza la exclusión de delito, deberá entonces atenderse a las circunstancias del caso, que en arbitrio del...

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