Tesis, Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Agosto de 2011 (Tesis num. I.6o.T. J/116 de Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-08-2011 (Reiteración))

Número de registro161277
Número de resoluciónI.6o.T. J/116
Fecha de publicación01 Agosto 2011
Fecha01 Agosto 2011
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIV, Agosto de 2011; Pág. 1030
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaLaboral

Si en el procedimiento de trabajo existe pluralidad de demandados y se formula desistimiento respecto de alguno o algunos de ellos, la autoridad laboral, previamente a hacer extensivo el beneficio del desistimiento a quienes se les dio ese carácter en el indicado juicio, debe pronunciarse sobre la existencia o no del litisconsorcio pasivo necesario entre aquellos codemandados, trátese de personas físicas o morales; lo anterior acorde con la tesis de jurisprudencia 2a./J. 13/2010, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, febrero de 2010, página 133, de rubro: "LITISCONSORCIO PASIVO NECESARIO EN MATERIA LABORAL. EL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA RESPECTO DE UNO O VARIOS LITISCONSORTES BENEFICIA A LOS DEMÁS, YA QUE LA AUTORIDAD DEL TRABAJO ESTÁ IMPOSIBILITADA LEGALMENTE PARA EMITIR EL LAUDO RESPECTIVO CUANDO NO ESTÁ DEBIDAMENTE INTEGRADA LA RELACIÓN PROCESAL.". En el mismo sentido, en el caso de que no exista beneficio alguno que pueda hacerse extensivo a los codemandados en el juicio, la autoridad laboral debe pronunciarse sobre...

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