Tesis, Plenos de Circuito, 6 de Enero de 2017 (Tesis num. PC.XVIII.P.A. J/2 K (10a.) de Pleno en Materias Penal Y Administrativa del Decimoctavo Circuito, 06-01-2017 (Contradicción de Tesis))

Número de registro2013399
Fecha de publicación06 Enero 2017
Fecha06 Enero 2017
Número de resoluciónPC.XVIII.P.A. J/2 K (10a.)
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
Localizador10a. Época; Plenos de Circuito; Semanario Judicial de la Federación; PC.XVIII.P.A. J/2 K (10a.)

El artículo 17 de la Ley de Amparo prevé el plazo general de 15 días para presentar la demanda relativa, el cual, conforme al numeral 18 del propio ordenamiento, se cuenta desde el día siguiente al en que surta efectos, conforme a la ley del acto, la notificación al quejoso del acto o resolución que reclame. Ahora, como el artículo 73 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos abrogada, sólo dispone que "los términos se contarán por días hábiles, empezarán a correr al día hábil siguiente de la notificación", sin que este precepto o algún otro de dicha legislación establezca el momento en que surten efectos las notificaciones personales, en atención al principio de interpretación más favorable a la persona, contenido en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se concluye que las notificaciones personales en materia administrativa surten efectos el día siguiente al en que se practican.


PLENO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DECIMOCTAVO CIRCUITO.

Contradicción de tesis 1/2016. Entre las sustentadas por los entonces Tribunales Colegiados Primero y Segundo, ambos del Décimo Octavo Circuito, actualmente en Materia de Trabajo. 30 de mayo de 2016. Unanimidad de cuatro votos de los Magistrados J.J.F.L., A.L.M.V., A.R.V. y G.d.C.V.. Ponente...

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