Tesis, Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, 31 de Octubre de 2014 (Tesis num. VI.1o.T. J/1 (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, 10-10-2014 (Reiteración))

Número de registro2007628
Número de resoluciónVI.1o.T. J/1 (10a.)
Fecha31 Octubre 2014
Fecha de publicación31 Octubre 2014
Localizador [J] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 11, Octubre de 2014; Tomo III; Pág. 2421. VI.1o.T. J/1 (10a.).
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaComún

De la exégesis del párrafo segundo del artículo 64 de la Ley de Amparo, se advierte que la obligación de dar vista al quejoso con la causa de improcedencia, corresponde únicamente al órgano jurisdiccional de segunda instancia del juicio constitucional, es decir, a los Tribunales Colegiados de Circuito, puesto que es en este caso cuando se actualiza la hipótesis de "autoridad inferior" (Juez de Distrito o Tribunales Unitarios de Circuito); por tal razón, el Juez Federal no está obligado a cumplir con la referida vista, no obstante que el motivo de improcedencia lo advierta de oficio, o bien, lo haga saber cualquiera de las partes.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEXTO CIRCUITO

Amparo en revisión 44/2014. Ayuntamiento del Municipio de Puebla. 22 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: L.R.B.C., secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: L.O.C.P..


Amparo en revisión 52/2014. Ayuntamiento del Municipio de Puebla. 29 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: L.R.B.C., secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: L.O.C.P..


Amparo en revisión 53/2014. Ayuntamiento del Municipio de Puebla. 29 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: L.R.B.C., secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: L.O.C.P..


Amparo en revisión 63/2014. Ayuntamiento del Municipio de Puebla. 5 de junio de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: G.G.R.. Secretario: C.V.T..


Amparo en revisión...

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