Tesis, Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, 31 de Mayo de 2014 (Tesis num. XVII.1o.P.A. J/4 (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, 23-05-2014 (Reiteración))

Número de resoluciónXVII.1o.P.A. J/4 (10a.)
Fecha31 Mayo 2014
Número de registro2006490
Fecha de publicación31 Mayo 2014
Localizador [J] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 6, Mayo de 2014; Tomo III; Pág. 1611. XVII.1o.P.A. J/4 (10a.).
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional

El precepto citado establece un estímulo fiscal en relación con la tarifa de quince mil pesos fijada para los derechos por las inscripciones relativas a la adquisición o actos traslativos de dominio de inmuebles, por el cual el contribuyente puede pagar, por el mismo servicio, el noventa, ochenta, sesenta o treinta por ciento de dicha cantidad. Ahora bien, si el legislador consideró el costo de quince mil pesos como contraprestación por los servicios indicados del Registro Público de la Propiedad y del Notariado, y dicha cuota es fija e igual para todos aquellos que los soliciten, el precepto referido no viola los principios tributarios de proporcionalidad y equidad en materia de derechos, toda vez que si con posterioridad el contribuyente obtiene una disminución en su cobro, en función del estímulo aplicado, ello no implica que se pierda la naturaleza del derecho por servicio, pues el estímulo no incide o repercute en alguno de los elementos esenciales de esa contribución, como son el sujeto, el objeto, la base y su tasa o tarifa, ya que no forma parte de la mecánica para su determinación.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

Amparo en revisión 392/2013. J.D.V.G.. 31 de octubre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: J.M.C.. Secretaria: G.A.B..


Amparo en revisión 483/2013. Congreso...

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