Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, 31 de Octubre de 2012 (Tesis num. XVIII.4o.2 A (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, 01-10-2012 (Tesis Aisladas))

Número de registro2001994
Número de resoluciónXVIII.4o.2 A (10a.)
Fecha de publicación31 Octubre 2012
Fecha31 Octubre 2012
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012; Tomo 4; Pág. 2693. XVIII.4o.2 A (10a.).
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo

El artículo 48 de la Ley Agraria prevé que los derechos sobre tierras ejidales pueden ser adquiridos por personas que las hubieran poseído en concepto de titulares de derechos de ejidatario con los requisitos contenidos en dicho numeral. Ahora, es improcedente la acción de prescripción adquisitiva sobre la fracción de una parcela en copropiedad proindiviso, que se intenta con el fin de no vulnerar el principio de indivisibilidad de las parcelas, pues el diverso numeral 20, fracción III, de la mencionada ley dispone que la calidad de ejidatario se pierde por prescripción negativa cuando otra persona adquiera sus...

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