Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, 31 de Agosto de 2012 (Tesis num. XXX.1o.1 K (10a.) de Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, 01-08-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXX.1o.1 K (10a.)
Fecha de publicación31 Agosto 2012
Fecha31 Agosto 2012
Número de registro2001358
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012; Tomo 2; Pág. 1797. XXX.1o.1 K (10a.).
MateriaComún

La Ley de Amparo no ha sido reformada para la procedencia del juicio de garantías por afectación del "interés legítimo", pues únicamente la establece por menoscabo del interés jurídico. Sin embargo, en acatamiento al principio de supremacía constitucional, contenido en el artículo 133 de la Constitución Federal (que excluye la posibilidad de que leyes de jerarquía inferior reduzcan el cumplimiento de los mandamientos supremos), debe atenderse a la disposición que sí prevé la existencia de tal figura jurídica, es decir, el artículo 107, fracción I, de la Carta Magna, pues de lo contrario, su observancia dependería indebidamente de la voluntad del legislador ordinario.


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